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Datos informativos

Prestaciones sociales económicas para la escolarización

Es la solicitud de prestaciones sociales económicas para las familias de Sant Feliu de Llobregat con hijos e hijas en educación infantil y escolarización obligatoria en las escuelas del municipio o en centros de educación especial de la comarca, para garantizar la asistencia a las salidas obligatorias programadas por el centro escolar y la adquisición de libros, material escolar y otros recursos educativos para el curso 2023-2024.

¿Cómo se hace?

Electrónicament, mediante el trámite online disponible en esta página.

Importante: Sólo se debe realizar una solicitud por unidad familiar, incluyendo todos los niños susceptibles de recibir la ayuda.

Puede recibir sapoyo y acompañamiento en la tramitación electrónica llamando de lunes a viernes no festivos al teléfono 93 685 80 01, en horario de 8 a 20h.

En caso de no disponer de medios electrónicos, se puede pedir cita previa, desde el día 4 al 28 de septiembre de 2023, para presentar la solicitud presencialmente en la Oficina de atención ciudadana,.

Quién lo puede pedir?

Pueden ser beneficiarios de estas prestaciones los padres, madres o tutores legales responsables de los alumnos menores escolarizados, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

  • Tanto la persona solicitante (padre, madre o tutores legales responsables) como el alumno en cuestión deben estar empadronados en el municipio.
  • Que el alumno / a esté escolarizado / a en un centro escolar de Sant Feliu de Llobregat, etapas de escolarización infantil y obligatoria, o bien alumnos escolarizados en centros de Educación Especial de la comarca.
  • Que los ingresos anuales de la persona solicitante y su núcleo familiar (1) sean iguales o inferiores a lo que marca la tabla siguiente:
    • Familias de 2 miembros (2 veces el IRSC*) = 17.210,30 €
    • Familias de 3 miembros (2,5 veces el IRSC*) = 21.512,88 €
    • Familias de 4 miembros (3 veces el IRSC*) = 25.815,45 €
    • Familias de 5 o más miembros (3,5 veces el IRSC*) = 30.118,03 €

* IRSC: El Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC)

(1) Para núcleo familiar se consideran miembros computables el padre y la madre del niño, o el/la tutor/a legal o persona encargada de la guarda y custodia, y los hermanos y hermanas menores de 25 años que convivan en el mismo domicilio en el momento de formalizar la sol licitud.

En caso de separación o divorcio se considera miembro computable el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación (pareja de hecho) y, por tanto, se incluirán sus rentas en el cómputo de la renta familiar.

En el caso de separación o divorcio, podrá solicitar la prestación tanto el padre y/o la madre siempre y cuando cumplan los requisitos de las bases, así como el baremo económico establecido. El progenitor que solicita la prestación, recibirá el mismo porcentaje de la ayuda total que marque el convenio regulador correspondiente a cada hijo e hija. La persona solicitante deberá comunicar el porcentaje a percibir y en caso necesario se requerirá la presentación del convenio regulador indicado para su comprobación.

En caso de progenitores separados o divorciados con incumplimiento de las aportaciones económicas indicadas en el convenioserá necesario que la persona solicitante aporte la sentencia de incumplimiento correspondiente para acreditar tal situación. En este último caso, recibirá el 100% de la prestación económica solicitada.

En el caso de guarda y custodia compartida se tendrán en cuenta como miembros computables en la solicitud de ambos progenitores los hijos en común, aunque no salgan empadronados con el progenitor solicitante, además de otros posibles miembros del núcleo familiar.

Cuando se puede hacer?

Las solicitudes se pueden presentar entre el 28 de agosto y el 29 de septiembre de 2023, ambos inclusive, a través del trámite online que hay en esta página.

En caso de no disponer de medios electrónicos, se podrá hacer presencialmente, entre los días 12 y 29 de septiembre de 2023. Habrá que pedir cita previa entre el 4 y el 28 de septiembre de 2023, siguiendo este enlace. También puedellamar teléfono 93 685 80 01 o presencialmente, de lunes a viernes no festivos de 8 a 20h.

 

Documentación necesaria

  • En el caso de oposición a la consulta electrónica por parte del Ayuntamiento de los datos necesarios para verificar el cumplimiento de los requisitos de los miembros del núcleo familiar mayores de 16 años, o en caso de que la situación económica familiar haya variado durante este año , será necesario aportar la documentación que acredite la situación económica según los parámetros establecidos (declaración de la renta o certificado de imputaciones o últimas dos nóminas, justificante de ingresos por desempleo o ERTO y, excepcionalmente, en caso de no disponer de esta documentación se deberá aportar declaración responsable de ingresos, según el modelo que encontrará al pie de esta página).
  • En caso de progenitores separados o divorciados con incumplimiento de la pensión de alimentos será necesario que la persona solicitante aporte la sentencia vigente de incumplimiento para acreditar tal situación (si esta sentencia es anterior al 2022, será necesario aportar una carta del abogado conforme está vigente). En tal caso, recibirá el 100% de la prestación económica solicitada.
  • Documento que acredite el número y titularidad del beneficiario de la cuenta bancaria donde hacer el ingreso de la prestación concedida.
     

Otra información de interés

Importes de las ayudas

El importe de la prestación social concedida ingresará a los beneficiarios en la cuenta bancaria que hayan indicado en la solicitud.

El importe económico será de una cantidad fija, según los cursos y centros donde el alumno se encuentre escolarizado, de acuerdo al siguiente detalle:

  • Centros de Educación infantil y primaria (130 €):
    • Escuela Nadal
    • Escuela Gaudí
    • Escuela Pau Vila
    • Escuela Monmany
    • Escuela Martí i Pol
    • Escuela Salvador Espriu
    • Escuela Falguera
    • Escuela Mestral
    • Colegio Mare de Déu de la Mercè
    • Colegio Virgen de la Salud
    • Colegio Bon Salvador
  • Escuelas de Educación Especial (130 €):
    • EEE Tramuntana
    • EEE Balmes (Sant Boi)
    • EEE Virolai (Cornellà)
    • EEE Asproseat (San Justo)
  • Centros de Educación Secundaria Obligatoria (150 €):
    • Instituto Olorda
    • Instituto Martí y Dot
    • Escuela Mestral
    • Colegio Bon Salvador
    • Colegio Virgen de la Salud
    • Colegio Mare de Déu de la Mercè

Obligaciones de las familias respecto a las prestaciones sociales complementarias a la educación:

  • Es obligatorio destinar el importe de la prestación a la compra de los libros, salidas y material escolar.
  • Si el importe de la prestación social es inferior al coste total de los tres conceptos anteriores, la familia debe pagar el importe restante.
  • Cuando quede acreditado que la prestación social económica no se ha destinado a la finalidad anteriormente descrita, la familia perderá el derecho a recibir prestaciones sociales económicas complementarias a la educación en el curso siguiente.
Tramitación en línea
DisponibilitatTítulodataIniciTramitaciodataFiTramitaciodatesdisponibilitat
Disponible actualmentCita previa ayudastramitar
Fora de terminiSolicitud ayudas económicas complementarios
Requisitos para la tramitación online
Requisitos para la tramitación online
 
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